Derecho Financiero Tema 1 Parte I  Hacienda Públicas y Derecho Financiero

 

Hola, les habla el profesor Lenin José Andara Suarez.

-Nuestro tema del día: la actividad financiera del Estado.

-Sean todos bienvenidos

 

La actividad financiera del Estado

-El Estado no podría dar cumplimiento a sus fines, haciendo frente a las múltiples exigencias que con arreglo a su propia ordenación está llamado a satisfacer, si no dispusiera de una masa adecuada de medios económicos.

-La acción que desarrolla el Estado a efecto de procurarse los recursos necesarios e invertirlos en la satisfacción de las necesidades se llama “actividad financiera del estado” y se traduce en la obtención de dinero a través de diversas figuras jurídicas, la más importante de ellas lo constituyen los tributos.

-La doctrina ha considerado la “actividad financiera del estado” como instrumental; se señala que esta actividad financiera no tiene una finalidad propia, es medio para un fin, su misión consiste en proporcionar los ingresos necesarios para cubrir los gastos o necesidades públicas.

-Básicamente se consideran tres los elementos de la actividad financiera: 1) el ingreso público que incluye el crédito público, 2) el gasto público y, además, 3) el presupuesto público.

 

Naturaleza de la actividad financiera del Estado

-La naturaleza de la actividad financiera del Estado ha sido explicada desde diversas teorías.

-La doctrina en la materia destaca tres:

1). Las escuelas económicas

2). Las escuelas sociológicas y,

3). Las escuelas políticas

-Las escuelas económicas definen la actividad financiera sobre la base de conceptos económicos. Algunos autores la identifican como un caso particular de cambio, otros como perteneciente a la etapa económica del consumo, colectivo y público, improductivos de riqueza.

-También se le ha considerado como una acción cooperativa de producción el autor Sax la explica a través de la “teoría de la utilidad marginal”.

-Las escuelas sociológicas son inspiradas en Wilfredo Pareto quien veía en el Estado una ficción para que la clase gobernante o dominante imponga sus decisiones, incluyendo las financieras, según sus intereses. Surge así |la necesidad de investigar las fuerzas que actúan en la realidad, provocando, según su conveniencia, las transformaciones estructurales de la vida nacional y los nuevos equilibrios, tanto económicos como sociales.

-Fue Grizioti quien analizó las finanzas públicas con predominio del elemento político. El autor italiano señalaba, teniendo presente que el sujeto de la actividad financiera es el Estado y que son los fines del Estado los que se satisfacen con la actividad financiera, debe aceptarse que esta actividad tenga necesaria y esencialmente una naturaleza política.

 

Poder financiero

-El poder financiero se ejerce en el marco de la constitución y las leyes, de allí que se le defina como el haz de competencias constitucionales y de potestades administrativas de que gozan los entes públicos territoriales representantes de intereses primarios para establecer un sistema de ingresos y gastos. No hay lugar en un estado de derecho para un poder soberano, es decir, para un poder sustraído a toda regla, de forma que en un estado de derecho el poder financiero, al igual que cualquier otra manifestación del poder político, debe ejercitarse en el marco del derecho, esto es, del ordenamiento jurídico en su conjunto.

 

Diferencias entre la economía pública y privada

-Las diferencias entre la economía pública y privada han sido analizadas desde diversos puntos de vista.

-La “subordinación” aparece como un elemento diferenciador entre la economía pública y la economía privada. En la economía privada, los sujetos se desenvuelven, obtienen sus recursos sin ningún vínculo de subordinación mientras que, en la economía pública, el sujeto es, el sujeto de la economía pública. El Estado ocupa una situación de preeminencia en relación con las economías privadas.

-En segundo lugar, se señala que las prestaciones de las corporaciones públicas son de “naturaleza espiritual”. Casi siempre como ocurre con la protección jurídica, el mantenimiento de la paz, la independencia nacional, el fomento de la educación, no tienen precio ni se pueden ponderar con arreglo a las ventajas que reportan a los particulares, esto en contraposición al principio de contraprestación especial que domina en la economía privada.

-En la vida económica privada, los gastos siguen el ritmo de los ingresos.  

En la pública son las necesidades las que determinan la cuantía de los medios para enjugarlos, en consecuencia, en la economía privada el afán de lucro no encuentra barreras, mientras que la economía de ingresos de las corporaciones públicas, se halla delimitada por la cuantía de los gastos necesarios.

-Ninguna comunidad tiene derecho a recabar de los contribuyentes más impuestos de los que se necesitan para cubrir los gastos.

-El afán lucrativo aparece como un aspecto diferenciador entre ambas.

-Otro de los rasgos diferenciadores viene, como consecuencia, de la naturaleza ilimitada en el tiempo de la comunidad pública. Presenta dos cuestiones: la de acumular un tesoro y la de la deuda. Los particulares que se administran racionalmente procuran acumular un patrimonio para hacer frente a las contingencias de la existencia y de la vida económica, en cambio, la economía pública (si se prescinde de ciertos casos, casos especiales) no procede así.

 

Las necesidades públicas

-Las necesidades públicas nacen de la vida colectiva y se satisfacen mediante la actuación del Estado, las mismas aumentan en razón directa a la civilización; su concepto es coetáneo y consustancial con la misma existencia del Estado y su desenvolvimiento histórico; esto es, proviene de los fines del Estado.

-Este carácter histórico se destaca por cuanto el Estado ha ido adoptando funciones crecientes en número y en intensidad, a medida que evolucionan los fines del Estado, pero también lo hacen las necesidades públicas.

-Hablemos de las características de las necesidades públicas, y, en primer lugar, decimos que son de ineludible satisfacción porque de lo contrario no se concibe la comunidad organizada.

-En segundo lugar, son de imposible satisfacción por los individuos aisladamente considerados.

-En tercer lugar, dan nacimiento al organismo superior llamado Estado y las que justifican su nacimiento.

-Las necesidades públicas se clasifican en: absolutas y en relativas.

-Las necesidades públicas absolutas constituyen la razón de ser del Estado mismo, dentro de lo que se considera estado de derecho, por lo cual este desaparecería como tal si dejase de cumplir esos cometidos esenciales. También tienen como característica que son esenciales, constantes, vinculadas esencialmente al Estado de satisfacción exclusiva por él.

-En las mismas se señala la defensa exterior, el orden interno y la administración de justicia.

-Las necesidades públicas relativas también nacen de la vida colectiva y están vinculadas al progreso y bienestar social, metas por las cuales el Estado debe velar, en la medida de sus posibilidades materiales. Se caracterizan por ser contingentes, mudables y no vinculadas a la existencia misma del Estado.

 

Servicios públicos

-Hablemos ahora de los servicios públicos. Los mismos han sido definidos como el conjunto de actividades desarrolladas por entidades estatales o por su mandato expreso para satisfacer necesidades colectivas impostergables, mediante prestaciones suministradas, directa e inmediatamente a los individuos bajo un régimen de derecho público.

-La determinación de los servicios públicos es difícil y no caben afirmaciones absolutas porque la extensión de los servicios públicos varían extraordinariamente y dependen de infinidad de factores.

-Acerca de las características fundamentales de los servicios públicos, se ha señalado que los mismos son continuos e ininterrumpidos.

-En segundo lugar, la regularidad.

-En tercer lugar, el acceso del público en igualdad de condiciones.

-En cuarto lugar, sin distinción de personas.

-El Estado procura obtener ingresos con la finalidad de financiar el gasto público, esto se encausa a través de la figura del presupuesto.

-La actividad financiera no constituye un fin en sí mismo por eso se dice que es instrumental; es el instrumento, el mecanismo para satisfacer las necesidades públicas, tanto las absolutas como las relativas.

-Los servicios públicos aparecen como una actividad que, en muchos casos, es financiada directamente por el Estado.

-En países como Venezuela, de corte asistencialista desde hace muchas décadas, es inconcebible que determinados servicios públicos estén en manos de los particulares, no obstante, en el resto del mundo la participación del sector privado en la prestación de los servicios públicos en su más variada especie es totalmente habitual.

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